Doctrina de la Fe: puede ser problemático que una persona transexual sea padrino o madrina de bautismo

El Papa ha aprobado el documento firmado por el prefecto, Victor Manuel Fernández: las personas transexuales pueden recibir el Bautismo

Víctor Manuel Fernández, prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe.
Doctrina de la Fe: puede ser problemático que una persona transexual ser padrino o madrina en el Bautismo.
  1. Un transexual ¿puede ser padrino de bautismo? 
  2. Y ¿un homosexual? 
  3. Salvaguardar el sacramento del Bautismo 
  4. Respuestas a Mons. Negri 
  5. Sin arrepentimiento de los pecados graves 
  6. Educado en la religión católica 
Víctor Manuel Fernández, prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe.
Víctor Manuel Fernández, prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe.

Finalmente, el Vaticano, a través de su portal informativo Vatican News, ha confirmado la aprobación del Papa Francisco sobre  el documento del Dicasterio para la Doctrina de la Fe firmado por el Prefecto Víctor Manuel Fernández: las personas transexuales pueden recibir el Bautismo.

El documento ha sido aprobado por el Papa en la audiencia del 31 de octubre y expresa una opinión positiva si "no crea escándalo entre los fieles". Habrá que averiguar qué se entiende por escándalo. Tampoco hay ningún obstáculo para que los transexuales sean testigos en una boda. Y el documento aprueba el bautismo de los hijos de parejas homosexuales, aunque nazcan de gestaciones subrogadas.

Un transexual ¿puede ser padrino de bautismo? 

Sin embargo, existen algunas advertencias. Es más problemático para una persona transexual ser padrino o madrina en el Bautismo."En determinadas condiciones, se puede admitir", se lee en el documento, pero se recuerda que esta tarea no constituye un derecho, por lo que "la prudencia pastoral exige que no se permita si existe riesgo de escándalo, legitimación o una desorientación en el campo educativo de la comunidad eclesial".

Y ¿un homosexual? 

El prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe también indica algunas advertencias para que las personas homosexuales sean padrinos o madrinas de bautismo. Se aborda el caso de una persona homo-emocional y conviviente que pide ser padrino o madrina de una persona que recibe el bautismo.

Victor Manuel Fernández señala que esa persona homo-emocional y conviviente está obligado a llevar "una vida conforme a la fe y al papel que asume". "El caso es diferente – explica el documento – en el que la convivencia de dos personas homo-emocionales consiste, no en una simple convivencia, sino en una relación estable y declarada more uxorio, bien conocida por la comunidad".

Salvaguardar el sacramento del Bautismo 

En estos casos, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe pide la debida prudencia para "salvaguardar el sacramento del Bautismo y, sobre todo, su recepción, que es un bien precioso que hay que proteger, ya que es necesario para la salvación". Pero recuerda que hay que "considerar el valor real que la comunidad eclesial da a las tareas de los padrinos y madrinas, el papel que tienen en la comunidad y la consideración que muestran hacia la enseñanza de la Iglesia". Finalmente, se sugiere la posibilidad de que "exista otra persona del círculo familiar que pueda garantizar la correcta transmisión de la fe católica al bautizado".

Respuestas a Mons. Negri 

Estas respuestas fueron contestadas por el prefecto Víctor Manuel Fernández a Monseñor José Negri, obispo de Santo Amaro en Brasil, quien pidió aclaraciones sobre la posible participación en los sacramentos del bautismo y del matrimonio por parte de personas transexuales y homosexuales en julio pasado. Las respuestas "re-proponen, en esencia, los contenidos fundamentales de lo que ya ha sido dicho sobre este tema por este Dicasterio en el pasado".

Sin arrepentimiento de los pecados graves 

En cuanto al bautismo de la persona transexual, la respuesta es "sí, siempre que no genere escándalo". Así, el documento firmado por Tucho Fernández señala que ya sea adulto, niño o adolescente, "si está bien preparado y dispuesto" puede recibir el bautismo. Sin embargo, ante las  dudas "sobre la situación moral objetiva en la que se encuentra una persona", o sobre "sus disposiciones subjetivas hacia la gracia" (y por tanto también cuando la intención de enmendarse no aparece plenamente) Doctrina de la Fe propone algunas consideraciones. 

"La Iglesia enseña que, cuando el sacramento del Bautismo "se recibe sin arrepentimiento de los pecados graves, el sujeto no recibe la gracia santificante, aunque recibe el carácter sacramental", que es indeleble, como leemos en el Catecismo, y "permanece para siempre en el cristiano como disposición positiva hacia la gracia".

 

A través de citas de Santo Tomás y San Agustín, el Dicasterio nos recuerda que Cristo continúa buscando al pecador y cuando se produce el arrepentimiento, el carácter sacramental recibido dispone inmediatamente a recibir la gracia. Por este motivo, el Papa Francisco ha repetido varias veces que la Iglesia no es una aduana y, especialmente en lo que respecta al bautismo, la puerta no debe cerrarse a nadie.

Educado en la religión católica 

Una segunda parte de las respuestas del cardenal Tucho Fernández  se refiere a las personas homo-afectivas. Monseñor José Negri preguntaba: ¿Pueden figurar como padres de un niño que se va a bautizar, aunque sea adoptado u obtenido con "otros métodos como el vientre de alquiler"? El Dicasterio responde: "para que el niño sea bautizado debe haber una esperanza fundada de que será educado en la religión católica".

Por último, nada impide que "una persona homo-emocional que convive" sea el testigo de una boda ni tampoco existe inconveniente en que la persona transexual sea testigo de una boda porque nada lo prohíbe en la "legislación canónica universal vigente", señala el documento que se puede leer aquí completo en italiano. 

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