Cristianos en la Casa del islam, protegidos y sometidos

Hace ya más de un año que el Estado Islámico impuso a los cristianos de Mosul y Raqqa el pago de la yizya. Ante ellos se abrían dos caminos: pagar el impuesto y conservar su vida o negarse a pagarlo y perderla. Hace apenas un mes, el mismo grupo difundía un video con la ejecución en Libia de treinta cristianos etíopes que rehusaron pagarla.

Aunque el tributo de la yizya tiene fundamentación coránica («¡Combatid contra quienes, habiendo recibido la Escritura, no creen en Dios ni en el último Día, ni prohíben lo que Dios y Su Enviado han prohibido, ni practican la religión verdadera, hasta que, humillados, paguen el tributo directamente!»9, 29), fue el Derecho islámico medieval quiene laboró los derechos y obligaciones de los no musulmanes de los territorios que iban quedando bajo dominio islámico. Se fijó en otros textos fundacionales del islam,como en el de Las disposiciones de Omar, y articuló un contrato de protección o dimma para aquellos que tenían una Escritura revelada, inicialmente judíos y cristianos. Si se negaban a abrazar el islam, podían conservar vida y religión en la Casa del islam acogiéndose a la protección del Estado mediante el pago de dos impuestos, la yizya, un impuesto personal de capitación, y el jaray, una contribución territorial, heredada de persas y bizantinos, que debían pagar por el usufructo de las tierras propias que ahora estaban en territorio musulmán. Este sistema funcionó hasta el siglo XV, cuando con el Imperio Otomano derivó en el sistema del millet (en turco, comunidad religiosa) que, a su vez, entró en crisis en el XIX,con el nacionalismo importado de Europa por los cristianos árabes. Los millet esparcidos por el territorio otomano debían dar lugar a diferentes naciones árabes. La arabicidad y no la religión, cristiana o islámica, debía ser el vínculo entre los diferentes grupos sociales. El Estado otomano emprendió una reforma legal que derogó la mayor parte de las leyes de la vieja dimma. La supresión de la sharia en 1926 en Turquía y el nacimiento de las naciones árabes después de la Primera Guerra Mundial, hicieron que este sistema cayera completamente en desuso.

Los cristianos disfrutaron y padecieron el estatuto de dimmíes como protegidos y sometidos.Conservaron su vida y su organización religiosa. Los obispos fueron su autoridad legal interna, en asuntos religiosos y profanos (nacimiento, muerte, matrimonio, sanidad, educación, seguridad y justicia), y externa, ya que eran los responsables de pagar los impuestos al Tesoro musulmán. Normas restrictivas regularon el ámbito público delos cristianos: vestir ropas distintivas, de determinados colores y con el cinturón de nazareno, y montar bestias de carga en lugar de caballos, para que fueran visiblemente reconocibles; no edificar nuevos templos, no tañer las campanas más alto que la voz del almuédano que llamaba a la oración desde las mezquitas, y celebrar las procesiones y exhibir la cruz extramuros de la ciudad,con el fin de evitar la ostentación religiosa. Conservar la religión propia era perseverar en la infidelidad al nuevo sistema político-religioso cuyas disposiciones no se asumían. El protegido no era realmente ciudadano musulmán y, por tanto, no podía desempeñar cargos políticos, administrativos y militares.

Resucitar la dimma como es una tentación fascinante para el fundamentalismo que evoca la visión del mundo de los juristas medievales que lo dividían en la Casa del islam y la Casa de la guerra. La primera es toda tierradonde rige la sharia y en la que los no musulmanes quedan sometidos por la dimma. La segunda,aquella donde no rige, un campo de batalla hasta que conquistada llegue a ser Casa del islam. Convertir la segunda en la primera es uno de los objetivos del yihad. Según el Corán,la libertad religiosa también es posible porque«no cabe coacción en materia de religión» (2, 256). ¿Puede, entonces, ser la religión el criterio que determine el lugar de la persona en la Casa del islam? No puede serlo ni dentro ni fuera de ella.


 
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