Italia y Francia se defienden de presiones contra el matrimonio y la familia

Negar la condición matrimonial a las uniones afectivas entre personas del mismo sexo no es en modo alguno homofobia, sino deseo de proteger el derecho de los más pequeños a crecer con un padre y una madre. Muchas veces se ha repetido que no hay derechos humanos absolutos. Y esto se aplica de modo especial al derecho a la igualdad, pues abundan las diferencias humanas y sociales que nunca podrán colmarse. No parece lógico, por tanto, en nombre de una supuesta igualdad ante el matrimonio, destruir la parentalidad tan necesaria para la formación de la personalidad.

No lo entiende así el Parlamento europeo, con la notoria frivolidad que caracteriza a unos eurodiputados dispuestos a pontificar semana tras semana sobre lo divino y lo humano. Temas delicados, que llevan años de estudio en las asambleas legislativas de los Estados, los despachan en poco tiempo con evidente ligereza. Se comprende su descrédito, el abstencionismo electoral y las protestas por el excesivo gasto que comporta tener dos sedes, y los viajes y las dietas, para arcas públicas no muy boyantes.

Más serio suele ser el trabajo jurisdiccional del Consejo de Europa. Lo acaba de mostrar en la sentencia en primera instancia sobre el caso Gas et Dubois contra Francia, sobre el que se dio un comunicado de prensa el pasado 15 de marzo.

La pareja que presentó su demanda en Estrasburgo convive desde 1989. Una de ellas tuvo una hija en 2000, concebida en Bélgica mediante procreación médica asistida con un donante de esperma anónimo. Desde su nacimiento vive con las dos, que –de acuerdo con un neologismo admitido pacíficamente en la lengua francesa‑ se "pacsaron" en 2002. Es decir, contrajeron un pacto civil de solidaridad, el negocio jurídico introducido en el ordenamiento francés por Lionel Jospin en 1999 para dar solución a problemas prácticos de parejas homosexuales sin tocar el famoso código civil de Napoleón. Luego, en la práctica, la inmensa mayoría de "pacs" (hasta el 96%) corresponden a parejas heterosexuales.

La regulación de esa figura no incluyó la adopción simple, que el código civil concede a los esposos: permite crear una nueva relación de filiación, además de la de origen fundada en los lazos de sangre, sin sustituirla, a diferencia de la adopción plena. Justamente al no estar prevista en los "pacs", el Tribunal europeo no aprecia discriminación de trato basada en la orientación sexual de las demandantes: porque tampoco se concede a las parejas heterosexuales.

Por otra parte, la Corte de Estrasburgo recuerda que la Convención de derechos humanos no impone a los Estados miembros la obligación de abrir el matrimonio a las parejas homosexuales, y que cuando establecen otro tipo de reconocimiento jurídico, tienen un margen de apreciación respecto de la naturaleza del estatuto que le confieren. En esa línea, señalan como punto de referencia el mencionado dato sobre "pacs" y adopción simple.

En este contexto está recibiendo muchas críticas una sentencia del Tribunal de Casación italiano, que emplea 80 páginas para justificar algo tan obvio como la imposibilidad de inscribir en Italia matrimonios no heterosexuales celebrados en otros países. Según la información del diario Avvenire, en una decisión que carece de precedentes (y se aparta del criterio establecido no hace mucho por la Corte Constitucional), establece que las parejas homosexuales, aunque con la actual legislación "no pueden hacer valer el derecho a contraer matrimonio ni a inscribir el celebrado en el extranjero", sin embargo, tienen "derecho a la 'vida familiar' y a 'vivir libremente una condición de pareja', con la posibilidad, ante "situaciones específicas", de un "tratamiento homogéneo al que las leyes aseguran a los cónyuges".Entre las múltiples críticas, me ha interesado especialmente la entrevista de Avvenire, 17 de marzo, a Eugenio Borgna, jefe de servicio emérito de Psiquiatría del Hospital de Novara. El diario resume en titulares: "¿Cónyuges homosexuales? No es este el sentir común". Esa sensibilidad común es "alérgica a una tesis semejante". Y alude a un riesgo del que no se suele hablar: "al forzar las cosas, pueden surgir reacciones contrarias, éticamente inaceptables, como el rechazo agresivo de las personas homosexuales".

 
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