Un caso de nulidad de matrimonio por exclusión de la fidelidad por parte del esposo

Un caso de nulidad de matrimonio por exclusión de la fidelidad por parte del esposo

Extraido de mi libro “Nulidades Matrimoniales” (cuarta edición digital).

Llevaban 20 años de “pareja de hecho”. Eran “compañeros sentimentales estables”. Ella era soltera y él se había casado por la Iglesia hacía unos 30 años. Llevaban juntos unos 20 años; desde que él abandonase a su mujer, dejándola sóla con sus tres hijos pequeños… Cuando él, un día, se enfadó, cogió la puerta  y se fue… Para nunca más volver.

Ella (la compañera sentimental) trabajó, hasta la jubilación, de asistente social.

Una compañera de su trabajo le habló de mí y de la posibilidad de regularizar su vida, con Dios y con la Iglesia, y casarse con el hombre con el que llevaba conviviendo más de 20 años. Ella aceptó; pero dejándolo para más adelante, para cuando se jubilara.  Y por fin, ese día llegó.

Vinieron a mí, diciéndome que pensaban que el matrimonio canónico de él había sido nulo. Al preguntarles por qué, me contaron:

Él se fue a Brasil a trabajar y vivir. Y estando allí, se casó por poderes con una española. Al casarse, le habían dicho que cuando regresara a España tenía que ir a su parroquia para ratificarse; pero como no le interesaba, nunca lo hizo. Ellos pensaban que eso era una causa de nulidad, que hacía que ese matrimonio, que él contrajo por poderes tiempo atrás, no fuera válido.

Les expliqué que no era necesaria tal ratificación para la validez matrimonial y me di cuenta de que se habían llevado una verdadera desilusión, no pequeña; dado que ese matrimonio era totalmente válido, salvo que hubiera alguna otra causa importante que lo hiciera nulo.

De todos modos, seguimos hablando y hablando…, cada vez con más confianza.

 

La entrevista se alargó más de la cuenta y descubrí, por lo que me iban contando, que la causa de nulidad de ese matrimonio sí podía ser la exclusión de la fidelidad, ya que ese marido nunca había estado dispuesto a ser fiel a su esposa, ni tampoco ser fiel con exclusividad a una única mujer, ni siquiera a su “pareja de hecho” durante los 10 primeros años, de esos 20, que ya llevaban juntos.

El hombre me decía “yo antes no lo veía así; pero ahora entiendo que tener relaciones sexuales con una mujer cuando convives con otra es hacerle un feo a la primera. Y es que la infidelidad, en el ambiente en el que yo me he desenvuelto, no sólo no era una cosa mala, sino que daba hasta para presumir como un síntoma de “mayor hombría”.

Para mí fue un dato de enorme importancia cuando me contó que, en el Brasil de entonces, sus compañeros de trabajo le prepararon “tres muchachitas brasileñas” para que, el día que se casó, tuviera su noche de bodas (no con su esposa, claro está).

Pensé: ¿Este modo de iniciar su matrimonio no es manifestación clara de que excluyó la fidelidad de su consentimiento matrimonial? ¿De que excluyó la obligación de ser fiel a la mujer con la que que se casaba? Y concluí que sí, para mí –como especialista- sí.

A medida que transcurría nuestra conversación, yo me iba adentrando en su familia y en el ambiente en que él había crecido desde niño.

Me fue contando que su padre, de soltero, tuvo un hijo, anterior al matrimonio con su madre. Y que este niño vivió con sus padres y con ellos, sus hermanastros, como uno más.

Al preguntarle ¿por qué te casaste? Me contestó:

“Decían que había dejado embarazada a una chiquita brasileña, que era la hija de un gobernador y me iban a obligar a casarme con ella. Yo, ni siquiera estaba seguro de que ese hijo fuera mío y, puestos a casarme, prefería hacerlo con una española. Por eso, decidí adelantarme y proponerle, a la novia que dejé en España, casarnos a distancia, casarnos por poderes, Y una vez casado, ¡Yo ya estaba casado! Y era imposible que me casaran”.

Más adelante, recuerdo que al adentrarme en la exclusión de la fidelidad le dije: “Te habrá influido el mal ejemplo que viste en tu padre ¿verdad?”. Pero él, con gran tranquilidad, me contestó: “No, no, peor fue el de mi madre”. No obstante, dejamos a su madre en paz, sin adentrarnos en su no ejemplaridad en materia de fidelidad, porque a mí lo que me interesaba era él.

Me contó también que él le fue infiel a su esposa tanto antes, como durante y después de su matrimonio.

Curiosamente conservaba muchas cartas de sus antiguas amantes. Unas solteras y otras casadas, unas con hijos y otras sin ellos, porque de todo había. Es por “ego”, me decía el conservar esas cartas. Las guardo para leerlas y reirnos cuando lleguemos a viejecitos. Y esas cartas fueron una prueba importante que pudimos aportar al procedimiento de nulidad matrimonial.

Curiosamente me he encontrado casos en que unas cartas, que no se sabe bien por qué se han conservado y que lo lógico hubiera sido haberlas roto, son algo importante y sirven de medio de prueba en un procedimiento de nulidad matrimonial.

En el caso anterior, tanto en la declaración de la esposa de mi cliente, como en la declaración de la mujer con la que llevaba 20 años conviviendo, como en las cartas de sus antiguas amantes, se ve que es hombre al que las mujeres quieren.

En  las cartas le dicen, que “Otros hombres van a lo suyo; tú, no”. Hasta la esposa demandada, abandonada hacía más de 20 años, habló de él al declarar ante el tribunal con un cierto cariño, que ni el abandono había llegado a destrozar del todo.

Él, por su parte, rehuye, como si tuviera realmente una cierta incapacidad, someterse a obligaciones, sujetarse a un orden, que alguien le imponga algo y todo tipo de ataduras… Pero eso sí, procura no hacer daño a nadie y le gusta agradar, ayudar y hacer feliz a los demás, sin importarle, en ocasiones, tener que sacrificarse.

Y cuando les pregunté ¿por qué ahora queréis casaros por la Iglesia? Me respondió ella en primer lugar diciéndome:

“Cuando empezamos a vivir juntos sin estar casados, para mi madre fue el mayor disgusto que le pude dar. Ahora que ella ya tiene 90 años, antes de que muera, le quiero dar lo que, estoy segura, va a ser la mayor alegría de su vida.

Y él me dijo a continuación:

“Realmente es ella la que tiene más interés en la nulidad de mi matrimonio para que nos podamos casar; pero también es verdad que yo quiero salvar mi alma”.

Ante tal afirmación y tras haberme contado tamañas aventuras y malaventuras, le pregunté: “Oye, ¿tú has rezado algo, alguna vez, en tu vida?”. Y me contestó:

“Sólo aprendí el Padre nuestro, que me enseñó mi madre. Y todas las noches, cuando me meto en la cama, antes de dormirme, rezo un Padre nuestro, que es lo único que sé”.

Y pensé “a éste le va a salvar su Padre nuestro”, y vinieron a mi memoria unos conocidos versos de Don Juan Tenorio:  

 “¡Ah!, por doquiera que fui, la razón atropellé, la virtud escarnecí, y a la justicia burlé, y emponzoñé cuanto vi.

Yo a las cabañas bajé, y a los palacios subí, y a los claustros escalé, y, pues tal mi vida fue, no, no hay perdón para mí”.

Y aquellos otros en los que, un poco más adelante, el Tenorio - continuando su diálogo con la estatua de Don Gonzalo -, le dice:

“¡Aparta, piedra fingida! Suelta, suéltame esa mano, que aún queda el último grano, en el reloj de mi vida.

Suéltala, que si es verdad, que un punto de contrición, da a un alma la salvación, de toda una eternidad,

yo, Santo Dios, creo en Ti: si es mi maldad inaudita, tu piedad es infinita ...

¡Señor ten piedad de mí!” “Misterio es que en comprensión, no cabe de criatura: y sólo en vida más pura, los justos comprenderán, que el amor salvó a Don Juan

al pie de la sepultura”.

“Es el Dios de la clemencia

el Dios de Don Juan Tenorio”.

Llevé todo su procedimiento de nulidad matrimonial, propuse las pruebas que estimé pertinentes, asistí a las declaraciones de los esposos y de los testigos, y recibí el dictamen del perito psiquiatra que examinó a mi cliente.

En su declaración el interesado manifestó que:

“Jamás quiso comprometerse en exclusiva con su mujer y que nunca le fue fiel”.

La demandada declaró por su parte que “en el noviazgo veía que él era muy libertino en sus costumbres, pero que se casó pensando que él cambiaría. Por el contrario, una vez casados, él le faltó constantemente a la fidelidad conyugal, porque decía que él ni quería, ni podía, sujetarse a una sola mujer”.

Uno de los testigos depuso: “el esposo era infiel como por naturaleza, de tal modo que para él no existía el compromiso de la fidelidad, que es lo propio del matrimonio y él siempre comentó, tanto antes como después de casarse, que él tenía derecho a estar con todas las mujeres que quisiera”.

Otro testigo declaró en el mismo sentido, afirmando que “el esposo le había manifestado a él, que nunca se quiso obligar a tener trato íntimo con una sola mujer”.

Otro igualmente afirmó que “el esposo era un libertino total y que incluso decía de sí mismo que él no era para poder sujetarse a una sola mujer”.

El perito psiquiatra, que examinó al esposo y estudió todas las pruebas, dictaminó en él una personalidad narcisista, de espíritu aventurero, de desconexión de cualquier atadura y con un grado ínfimo de madurez.

La Sentencia del Tribunal Eclesiástico concluyó que la personalidad dictaminada por el psiquiatra coincidía plenamente con el modo de pensar y de actuar del esposo, contrarios a asumir la obligación de la fidelidad. Y falló que, tras las pruebas practicadas, se había llegado a la certeza moral –toda la que humanamente es posible- constando y declarando la nulidad de ese matrimonio por exclusión del bien de la fidelidad conyugal por parte del contrayente, imponiéndole un veto, con la prohibición de contraer matrimonio canónico sin previa autorización del Ordinario del lugar.

La pareja que llevaban 20 años conviviendo, tanto él como ella, antes de contraer matrimonio, recibieron clases particulares de catequesis. Ella recordó muchas cosas que había aprendido de niña y casi las tenía olvidadas y él aprendió de Dios, de la Iglesia y de la religión, cosas que nunca había oído.

Le pregunté a ella: ¿conviviendo durante 20 años, por qué no os casasteis civilmente cuando él obtuvo el divorcio de su matrimonio, si el divorcio ya estaba en vigor en España?

Y su respuesta fue: “porque yo sé que el matrimonio es por la Iglesia y si no nos podíamos casar por la Iglesia, me daba igual estar casada civilmente, que simplemente conviviendo ¡O por la Iglesia, o nada!, afirmó. Y además, de ese modo si nos peleábamos, cada uno por su lado, y no había lío ni de jueces, ni de abogados, ni de nada...”.


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