Un arzobispo español sobre el celibato

Mons. Celso Morga
Mons. Celso Morga

Aunque no lo he encontrado en la edición digital, el último número de la revista “Palabra” –magnífico, por cierto- publica un suculento artículo de página entera del arzobispo de Mérida-Badajoz, monseñor Celso Morga, con el atractivo título de “El Sínodo sobre la Amazonia y las propuestas sobre el celibato”.

Pocos obispos españoles, hasta ahora, se han referido al Sínodo próximo. Y menos sobre alguna de las cuestiones disputadas. Hay que agradecer, por tanto, a este arzobispo, que pasa muy inadvertido, que afronte esta cuestión.

Y además que lo haga con un arranque ciertamente clarificador: “No podemos dejar de tomar en consideración –como han demostrado, entre otros, el Cardenal Alfonso M. Stickler y Christian Cochini, S.I.- que el celibato para las órdenes sagradas en la Iglesia de los primeros siglos no debe ser entendido sólo en el sentido de una prohibición de casarse, sino también en el de una continencia
perfecta para los ordenados siendo ya casados, y que era lo normal”.

Después de un suculento repaso histórico, algunas de las tesis que sostiene el autor de este artículo deben ayudarnos a pensar. Por ejemplo, la siguientes:

- “La historia de la Iglesia muestra la unión profunda entre el celibato de los ministros sagrados y el lenguaje y el espíritu del Evangelio. Lejos de ser una disposición de origen puramente eclesiástico, humana y susceptible de derogación, aparece como una práctica con origen en el mismo Jesús y en
los Apóstoles, mucho antes de ser establecido por leyes”.

- ¿Una eventual ordenación de hombres casados? No sería imposible en la medida en que les fuera exigida la continencia.

- Sin embargo, “cuando hoy se habla de ordenación de hombres casados se sobreentiende generalmente que les sea concedida la posibilidad de continuar la vida conyugal tras la ordenación, ignorando que tal concesión no se hacía nunca en la antigüedad cuando se ordenaba a hombres
casados”.

- Nada impide la ordenación de ancianos célibes o viudos o incluso de personas casadas, si ambos cónyuges se comprometen a mantener la continencia.

En el texto se plantea la cuestión de la distinta disciplina oriental, y se afirma que “en la Iglesia latina, el testimonio de los Padres y las leyes de los Concilios bajo la guía del Obispo de Roma constituyen un conjunto más coherente que en los textos orientales, más oscuros y cambiantes por razones diversas”.
Interesante y poco común aportación al debate.

 
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