¿Se aplica también la sentencia al art. 57?

Lógicamente, en la sentencia no se hace la mínima alusión a esta cuestión.

"Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes". (Constitución, art. 57, 4).

Si la sentencia señala que "modifica el régimen de ejercicio del derecho constitucional al matrimonio, sin afectar a su contenido", no se ve una razón clara para que el cambio de "régimen de ejercicio" del "matrimonio" no incida también en este artículo. O sea, que un presunto heredero a la corona ejerza ese "derecho" en plena consonancia con su posible actuar homosexual o lesbiano, y se presente a heredero del trono.

Esa unión, a la que la sentencia le da pleno valor legal "matrimonial", puede decidir, para tener "descendencia", adoptar, comprar, encargar, o como se le quiera llamar, un ser humano a quien se le considera, siempre dentro de los "derechos" otorgados para la sentencia, un hijo. Y, por consiguiente, legítimo heredero del trono.

Los principios de "interpretación evolutiva"; de "aceptación social "; de "igualdad y de libertad"; de "no discriminación" no permitirían encontrar razones para impedir el acceso al trono de la unión de los "homosexuales" o "lesbianas"; y no reconocer los derechos de sucesión del hijo "fabricado", "alquilado", "adquirido".

Siempre queda, según la Constitución, el derecho del "Rey y de las Cortes generales" de separar esa unión de los derechos al trono. Pero, ¿y si el Rey que en aquel momento se encontrara en el poder decidiera no ejercer ese derecho, y diera por válida esa unión para acceder al trono? ¿Se atrevería alguien a promover un recurso de inconstitucionalidad a tal medida, alegando que no se daría "rey " y "reina"; y abriendo el camino a la extinción de la dinastía? ¿Aceptaría el tribunal constitucional ese recurso; o bien lo rechazaría alegando el derecho a la "opción sexual", y a la "identidad de género"?.

¿Seguiría en pie, entonces, lo escrito en el art. 56 1 de la Constitución: "El Rey es el jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia"?

En Francia, dos conocidos hombres que se reconocen homosexuales han levantado la voz contra Hollande, y le han pedido que les ahorre la ley, que quiere imponer, de considerar esas uniones como "matrimonios": "¡Por favor, ahórrenos esta ley!".

Uno de ellos, Xavier Bongibault llega a más: "Creemos que un niño necesita un padre y una madre para evolucionar correctamente".

 

Toda esta hipótesis es absurda; se me podrá decir. Y yo no tendría más remedio que señalar la sentencia; y responder: No es la hipótesis; es la sentencia la que es absurda.

ernesto.julia@gmail.com

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