En España residen muchos inmigrantes de estas nacionalidades

Sacerdotes católicos ya pueden bautizar y casar a ucranianos, rumanos y rusos de las iglesias orientales

El Papa modifica el Código de Derecho Canónico para armonizarlo con estos cristianos. La presidenta de los canonistas explica los cambios

El representante de la iglesia ortodoxa rusa, Andrey Kórdochkin, durante el nombramiento de Carlos Osoro como arzobispo de Madrid.
El representante de la iglesia ortodoxa rusa, Andrey Kórdochkin, durante el nombramiento de Carlos Osoro como arzobispo de Madrid.

El Papa ha hecho pública la carta apostólica en forma Motu Proprio titulada “Concordia Codici” para armonizar los Códigos latino y oriental. En la carta, Francisco explica que el incremento de la movilidad de la población “ha determinado la presencia de un notable número de fieles orientales en territorios latinos”. Este hecho ha generado la necesidad de una nueva “armonía” entre las normas del Código de Derecho Canónico y los Cánones de las Iglesias Orientales.

En opinión de la presidenta de los canonistas de España, Lourdes Ruano, el Motu Proprio es una noticia sumamente positiva: “Creo que las reformas que introduce en el Código de Derecho Canónico favorecerán, sin duda, una atención pastoral y espiritual más eficaz de los fieles orientales –católicos o no- que se encuentran en territorios de tradición latina, donde no hay ministros de la Iglesia o rito al que pertenecen”.

“Por lo que respecta a los ritos católicos orientales, se eliminan, por fin, algunas discrepancias que existían entre los dos Códigos de cánones, para la Iglesia latina y las Iglesias orientales respectivamente, lo que evitará conflictos en la regulación de la asistencia pastoral a estos fieles católicos, en territorios donde los ritos orientales son minoritarios y promoverá la colaboración entre comunidades”, explica Ruano. En cuanto a los fieles cristianos orientales, no católicos, se regulan adecuadamente las relaciones con los católicos.

Una novedad es ahora establece que los sacerdotes latinos, con autorización del Ordinario, pueden participar lícitamente en la celebración de los sacramentos de los fieles ortodoxos no católicos, tanto en el caso de bautismo como de matrimonio.

“En el caso de que quisieran contraer matrimonio en nuestro país dos fieles de la Iglesia ortodoxa (ucranianos, o rusos, por ejemplo), el obispo puede conceder a un sacerdote católico la facultad de asistir válidamente a ese matrimonio que lo solicita, informando previamente a la autoridad competente de la Iglesia ortodoxa. Sin embargo, no podrá bendecir el matrimonio un diácono, que normalmente sí que puede presidir el rito nupcial de contrayentes católicos, ni tampoco un laico”.

Iglesias orientales 

Ruano detalla que las iglesias orientales constituyen una realidad muy compleja y no unitaria. “Por una parte está  la Iglesia Católica con sus cinco ritos orientales además del latino, que están en plena comunión con la Iglesia de Roma, pero han conservado sus propios ritos litúrgicos y su patrimonio teológico. Estas iglesias tienen su origen en las tradiciones alejandrina, antioquena, armenia, caldea y constantinopolitana y se rigen por su propio Código canónico, el Código de Cánones para las Iglesias Orientales de 1990”.   

Por otra parte está las Iglesias orientales que no están en plena comunión con la Iglesia católica. Los fieles son cristianos, pero no católicos, sino, por ejemplo, ortodoxos. “Con motivo de los flujos migratorios el número de fieles orientales en Europa ha aumentado significativamente: rumanos, ucranianos, sirios, o griegos y egipcios, etc. Estos fieles tienen la obligación de observar su propio rito, pero a veces no tienen pastores propios. De ahí que, para favorecer su atención pastoral, el Papa ha modificado un total de 11 cánones del Código de la Iglesia católica latina, norma que ha sido aprobada por el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos que ha consultado a numerosas autoridades de los Ordinariatos latinos y orientales”, revela Lourdes Ruano.

En España, el Papa erigió hace un año un Ordinariato para los fieles católicos orientales al frente del cual está el arzobispo de Madrid, Carlos Osoro.Las modificaciones del Papa afectan a tres cuestiones: la pertenencia a la Iglesia tanto de los bautizados como de quienes se adscriben o pasan a otra Iglesia, la celebración del matrimonio de los fieles orientales, y la participación lícita de los sacerdotes latinos en la celebración de los sacramentos (bautismo y matrimonio) de estos fieles.

Cuándo un laico puede asistir a un matrimonio

Explica que “el ministro que asiste al matrimonio en calidad de testigo cualificado (no los casa, se casan ellos, porque los ministros del sacramento son los propios contrayentes) puede hacerlo en virtud de una facultad propia o delegada recogida en el Código de Derecho Canónico de la Iglesia católica latina de 1983. Sin embargo, también prevé la posibilidad de que un laico pueda asistir a un matrimonio, en aquellos lugares donde no haya sacerdotes ni diáconos, siempre que la delegación la haga el Obispo diocesano, con el voto favorable de la Conferencia Episcopal, y licencia de la Santa Sede (c. 1112). Esta situación puede darse en países donde la Iglesia católica apenas tiene presencia, como países de Asia, norte de Europa, o donde la Iglesia es perseguida”.

Algunos medios de comunicación presentan como novedad que ahora puede ya “casar” un laico. “Lo que hace el Motu Proprio es justamente lo contrario -defiende Lourdes Ruano-. Un laico ya puede “casar”, con las condiciones explicadas. Sin embargo, dado que este M.P. adapta el código latino a las peculiaridades de las Iglesias orientales, y dado que éstas exigen la bendición del sacerdote (para ellos no puede casar ni un laico ni un diácono), el Papa establece ahora que, cuando se trate de asistir a un matrimonio en que los dos contrayentes sean orientales, (una parte latina y otra oriental) quien debe asistirles debe ser sacerdote, y no puede ser ni un diácono ni un laico”.

 

Por otra parte, el M.P. añade que si dos fieles cristianos orientales, pero no católicos (por ejemplo, ortodoxos) deseen contraer matrimonio, pero no haya ministro de su propia Iglesia en ese lugar, el Ordinario puede conferir a un sacerdote católico la facultad de bendecir ese matrimonio si los contrayentes los piden.

No se puede pertenecer a dos Iglesias

La presidenta de los canonistas explica que, en un matrimonio mixto entre un cristiano católico y otro oriental, los hijos no pueden pertenecer a dos Iglesias. “Respecto del bautismo, la novedad es que ahora el niño puede adscribirse a la Iglesia o al rito del progenitor católico u oriental (según lo que acuerden los progenitores o, a falta de acuerdo, será adscrito a la Iglesia sui iuris a la que pertenezca el padre). Si solo uno de los padres es católico, se adscribe al niño a la Iglesia a la que éste pertenezca”.

Pero, además, para los orientales no católicos, como por ejemplo los ortodoxos, los niños pueden ser bautizados lícitamente por un ministro católico, si lo solicitan sus padres y no es posible, física o moralmente, acceder al ministro propio y quienes los reciben siguen perteneciendo a su Iglesia o rito, sin que cambie su adscripción”, explica Ruano.

Con estas modificaciones que ha hecho el Papa, dos refugiados sirios o iraquíes, pertenecientes a una Iglesia católica oriental de rito caldeo o armenio, que quieren contraer matrimonio y no hay ministro católico oriental en esa diócesis, el Ordinario o el párroco pueden asistir válidamente a ese matrimonio dentro de su territorio, aunque no sean súbditos suyos, con tal de que uno esté adscrito a su propia Iglesia.

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