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Un vídeo que recoge la emoción de una joven española convirtiéndose al Islam se hace viral

La chica repite las palabras pronunciadas por el imán de la mezquita: No hay más Dios que Allah y Muhammead es su profeta

Dos chicas con el velo islámico (hiyab).
Dos chicas con el velo islámico (hiyab).

La página de facebook “El sagrado Corán” o CoranwaSunnah publica un vídeo que se ha hecho viral en el que recoge el momento (shahada) en que una joven española pronuncia las palabras de conversión al Islam, ataviada con su velo islámico (hiyab) y acompañada del imán de la mezquita y de otra compañera.

Durante este proceso, el vídeo recoge la emoción de la chica, que derrama lágrimas cuando pronuncia las palabras de conversión: “No hay más Dios que Allah y Muhammad es su profeta”.

Un seguidor de esta página explica que la chica debe decirlas en español y en árabe, y al ser española, la parte en árabe la repite con el imán porque ella sola no sabría.

Fuentes consultadas por Religión Confidencial han explicado que las conversiones al Islam no es una práctica en aumento. “Existen algunos grupos de mujeres islámicas en España que propugnan que esta religión no es machista y que se ha deformado”.

Las mismas fuentes señalan que “mucha gente contemporánea está sedienta de Dios, y si encuentran esta vía en su camino, les cautiva”.

Sentencia a favor del velo islámico

El velo el velo islámico (hiyab), una prenda cada vez más frecuente en numerosas ciudades españoles ha sido noticia, a raíz de que un juzgado de Baleares ha fallado ayer a favor de una mujer a la que se prohibió llevar velo en el trabajo.

Esta trabajadora del Aeropuerto de Palma, a la que su compañía prohibió llevar el velo islámico (hiyab), ha resuelto a favor de la demandante, ya que considera que existe “vulneración del derecho fundamental a la libertad religiosa”.

En la sentencia, se ordena a la empresa al «cese inmediato» de «la actuación contraria» a este derecho fundamental, al restablecimiento de la situación anterior a producirse la lesión, a abonarle un total de 4.491 euros por las retribuciones dejadas de percibir por las distintas sanciones de la empresa y a indemnizarle con 7.892 euros, recoge Europa Press.


 



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