El Tribunal Europeo apoya al gobierno francés contra la Fundación Jérôme Lejeune: veta el vídeo de personas con síndrome de Down

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se niega así a pronunciarse sobre la discriminación y la violación de la libertad de expresión de estas personas

Una niña síndrome de Down que aparece en el vídeo.
Una niña síndrome de Down que aparece en el vídeo.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acaba de dictar sentencia en el caso que enfrenta a la Fundación Jérôme Lejeune y a Inès (portadora del síndrome de Down) con el Estado francés.

El video vetado por el gobierno francés 

En marzo de 2014, con motivo del Día Mundial del Síndrome de Down, la Fundación Jérôme Lejeune, en colaboración con la asociación italiana Coordown, coprodujo el vídeo "Querida futura madre" (se puede ver aquí).

15 personas con síndrome de Down de diferentes países europeos hablaron con una mujer embarazada de un niño con esta discapacidad, para tranquilizarla sobre su futuro. Cada uno de ellos expresó en su propio lenguaje, en términos conmovedores, el hecho de que podían ser felices a pesar de su discapacidad.

Unas semanas después de su emisión en la televisión francesa (M6, Canal+ y D8), la CSA (ahora ARCOM: Autoridad de regulación audiovisual Francesa) censuró el clip prohibiendo su difusión en un contexto publicitario, alegando que "no puede considerarse como un mensaje de interés general ya que, al dirigirse a una futura madre, su propósito puede parecer ambiguo y no puede suscitar un apoyo espontáneo y consensuado", como informó en su día Religión Confidencial. 

Demanda ante el Tribunal Europeo 

La Fundación Jérôme Lejeune optó entonces por impugnar la decisión del CSA ante el Consejo de Estado. Al ser rechazado su recurso, presentó una demanda ante el TEDH (Tribunal Europeo de Derechos Humanos), pidiendo que se condenara la discriminación y la vulneración de la libertad de expresión de las personas con síndrome de Down. En septiembre de 2021, el TEDH aceptó examinar el caso.           

El pasado, jueves 1 de septiembre de 2022, el TEDH ha declarado inadmisibles las solicitudes de la Fundación Jérôme Lejeune y de Inès, al considerar que los demandantes no pueden ser considerados como "víctimas", en el sentido del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Así, el Tribunal se negó a pronunciarse sobre la discriminación y la violación de la libertad de expresión de las personas con síndrome de Down. Por lo tanto, la voz de Inés no se escuchó.

Continúa prohibiéndose su difusión 

En consecuencia, este vídeo sigue teniendo prohibida su difusión en un contexto publicitario y sólo podría emitirse dentro de un programa "enmarcado y contextualizado", que el espectador elija ver. Según el CSA, el espectador no debe enfrentarse a la felicidad de las personas con síndrome de Down, con el pretexto de que puede "perturbar la conciencia" de algunos.

El vídeo se ha emitido en 9 países, en las principales cadenas nacionales y ha sido muy elogiado por la prensa internacional. También se presentó en la ONU el 21 de marzo de 2014 y recibió varios Leones de Oro en el Festival Internacional de la Creatividad. Ninguna autoridad administrativa extranjera lo ha censurado. Sin embargo, la Fundación Jérôme Lejeune recuerda que sólo dos denuncias llevaron a la censura de este vídeo, que ha sido visto más de 8 millones de veces en Youtube.

Al permitir una diferencia de trato a las personas con síndrome de Down, Francia constituye una excepción, que el TEDH parece apoyar al negarse a pronunciarse sobre el fondo. La Fundación Jérôme Lejeune invita al CSA a reconsiderar su decisión para poner fin a esta discriminación, sobre todo porque el contexto actual favorece ampliamente la inclusión de las personas con síndrome de Down.

 

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