Andoc pide amparo al Defensor del Pueblo tras los obstáculos de Andalucía y Castilla La Mancha al derecho de objeción al aborto

La Asociación Nacional para la Defensa del Derecho de Objeción de Conciencia (ANDOC) llevará al Defensor del Pueblo "las órdenes, protocolos o actuaciones de las Consejerías de Sanidad que impiden el ejercicio del derecho de objeción de conciencia sobre el aborto a médicos, enfermeros, auxiliares, funcionarios, y trabajadores sociales".

Desde Andoc quieren denunciar ante el Defensor del Pueblo que "las consejerías de Salud de las diferentes comunidades autónomas están haciendo una interpretación arbitraria del artículo de la Ley del aborto que se refiere a la Objeción de Conciencia".

Y añaden que "en una democracia son los jueces quienes están legitimados para interpretar la Ley". Señalan el caso del Colegio de Médicos de Toledo, que "acudió a la Justicia para anular los puntos que la Orden de la Consejería de Sanidad de esa autonomía explícitamente impedía a médicos de atención primaria, matronas, enfermeros, auxiliares, trabajadores sociales y funcionarios impide la objeción a participar en la cadena del aborto".

Aquel caso, resuelto por un auto del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, dicen, "supone una primera interpretación cualificada sobre el Texto legal, y no ha dejado lugar a dudas: cautelarmente ordena se corrija la orden en el sentido de que el personal sanitario pueda objetar, y consecuentemente no participar en la cadena administrativa de derivación de mujeres a los abortorios concertados. En este sentido la Consejería de Salud de Castilla la Mancha ha enviado circulares para anular la restricción que inicialmente aparecía en la Orden".

Pero a pesar del auto, siguen denunciando que "la corrección a la Orden del Servicio de Salud de Castilla la Mancha sobre la objeción de conciencia del personal sanitario, aún deja en indefensión al personal administrativo, y trabajadores sociales, ya que "este personal debe diligenciar los expedientes de derivación de mujeres peticionarias de aborto a los abortorios concertados por el Servicio de Salud. Por lo que se encuentran en un limbo legal, y desprotegidos: los funcionarios, el personal auxiliar, el personal contratado en la administración y los trabajadores sociales. La objeción de estos profesionales no es caprichosa pues la materia de que se trata les causa por una motivación ética, graves conflictos morales y laborales", añaden.

Justifican en la "indefensión" que generan a estos profesionales los protocolos de aborto, por lo que se ven "en la obligación de acudir al Defensor del Pueblo, ya que al no ser documentos transmitidos a los interesados de acuerdo al procedimiento administrativo, sino ejecutados mecánicamente, los afectados son desprovistos de la posibilidad de recurrir órdenes que contrarían su autonomía profesional, sencillamente por que no les han sido dadas, pudiendo ser sancionados indebidamente en caso de no tramitar los expedientes de aborto".

Explican que "estos funcionarios y laborales consideran que se les somete a una tarea para la que no fueron debidamente habilitados, ni dieron su consentimiento: ejercer de instructores en procesos de pena capital extrajudicial".

En la actualidad ANDOC da apoyo jurídico y emocional a los primeros funcionarios y trabajadores sociales que objetan al aborto en Andalucía.

 

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