Las propiedades de la Iglesia en España se han registrado legalmente, según un estudio del Gobierno de 3.000 páginas

“La Iglesia no quiere que esté a su nombre nada que no sea suyo”, afirma el secretario general de la Conferencia Episcopal

Mons. Luis Argüello.
Mons. Luis Argüello.

Un "prolijo y riguroso" estudio llevado a cabo por la Administración General del Estado ha concluido que la Iglesia católica inmatriculó (inscribir por primera vez un bien en el Registro de la Propiedad) un total de 34.961 bienes desde 1998, "a la luz de la legalidad". 

Así lo ha dado a conocer hoy la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo quien ha precisado que en ese trabajo no hay "ningún desfase" en las cifras y ha explicado que las inmatriculaciones se han contado "una a una". Este listado que consta de 3.431 páginas (pinche aquí) es público y será remitido al Congreso de los Diputados. 

De estas 34.961 inmatriculaciones, un total de 20.014 corresponden a templos de la Iglesia católica relacionadas con el culto o la educación, y las 14.947 restantes tienen que ver con otros fines como puedan ser locales, viviendas o terrenos. 

Cuál es la pretensión del Gobierno 

Ante esta noticia, unos y otros han querido explicar minuciosamente qué es la inmatriculación y por qué el Gobierno ha investigado a la Iglesia Católica en este asunto. 

El secretario general de la CEE, Mons. Luis Argüello,  ha manifestado su "agrado" sobre el reconocimiento que han hecho en el propio informe de que la Iglesia ha seguido la legalidad en la realización de este criterio inmatriculador". 

Argüello explica que después de inscribir por primera vez un bien de la Iglesia en la Registro de la Propiedad, hay un periodo de de dos años después de cada acto inmatriculador "para que personas con mejor derecho o instituciones pudieran reclamar la titularidad de esos bienes. En todo caso, la Iglesia no quiere que esté a su nombre nada que no sea suyo, por eso si alguien viniese con mejor derecho y que pudiera revisar la inmatriculación realizada, cada institución de la iglesia que haya inmatriculado, está dispuesta a hacer esa revisión si el derecho lo permite y las exigencias de la legalidad nos lo pide", ha dejado claro el Argüello. 

Reclamaciones sobre la titularidad de la Iglesia 

Efectivamente. Aunque el Gobierno confirme que estos bienes de la Iglesia se han inmatriculado conforme a la legalidad, se abre ahora la vía a posibles reclamaciones sobre la titularidad de ellos.

La polémica en torno a los bienes de la Iglesia se remonta a 1998 cuando con José María Aznar, con su reforma sobre la Ley Hipotecaria, permitió que la Iglesia registrara a su nombre propiedades con tan solo una certificación eclesiástica, algo que se ajustaba a la ley de Aznar. En 2015 hubo una modificación normativa que eliminó esa posibilidad y, por tanto, según ha explicado Calvo, la lista incluye los bienes inmatriculados entre 1998 y ese año, informa Efe.

En 2017, el PSOE reclamó la publicación de esa relación de inmatriculaciones de la Iglesia con una proposición de ley en la que se urgía al Gobierno que se detallara ese listado de inmatriculaciones. 

Al servicio del bien común y valor cultural 

El secretario general de los obispos españoles ha recordado que estos bienes de la Iglesia "están al servicio del bien común a través de las actividades propias de la comunidad cristiana: en la liturgia, en la catequesis, en la caridad, y que muchos de ellos tienen también un extraordinario valor histórico, artístico y cultural que también desde los pequeños pueblos están al servicio de la sociedad para poder visitar, para poder realizar actividades que pongan en valor esta capacidad cultural y artística que nuestros bienes tienen". 

 

¿La Iglesia no debería tener tantos bienes? 

Para explicar si la polémica sobre las inmatriculaciones de los bienes de la Iglesia y si sus y propiedades en realidad no son suyas o incluso, responder a los que dicen que la Iglesia no debería tener tantos bienes y que, además, su inclusión en el Registro de la Propiedad se ha realizado de manera fraudulenta, la Conferencia Episcopal Española ha publicado una exhaustiva información en su página web, haciendo un recorrido de los bienes de la Iglesia desde el siglo I hasta nuestros días y respondiendo a preguntas sobre si la Iglesia tiene privilegios. 

Explica así mismo que la inmatriculación de los bienes no otorga la propiedad. El registro, y por tanto la inmatriculación, tiene simplemente una función probativa o certificativa, lo que otorga seguridad jurídica, pero no tiene función constitutiva de la propiedad.

Además, también explica qué significa inmatricular un bien por certificación eclesiástica (algo que algunos sectores han criticado, afirmando que se trata de un privilegio de la Iglesia Católica. "El sistema de inmatriculación por certificación, vigente desde 1863 y hasta 2015 en el caso de la Iglesia, busca dar respuesta a la legislación desamortizadora del S. XIX (Mendizabal y Madoz), que había dejado a la Iglesia sin título de propiedad de muchos de sus bienes", dice la CEE. 

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