Acuerdo Gobierno-Iglesia en materia de fiscalidad: sin privilegios, pero sin discriminaciones

La Santa Sede renuncia a las exenciones que afectan a las Contribuciones Especiales y al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)

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Acuerdo Gobierno-Iglesia en materia de fiscalidad: sin privilegios, pero sin discriminaciones.
  1. La Iglesia pagará el ICIO 
  2. No privilegio y no discriminación
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Félix Bolaños y el Nuncio, Bernardito Auza. 

Fruto del trabajo conjunto entre el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática y la Iglesia católica en materia de fiscalidad, el Gobierno de España y la Conferencia Episcopal Española, con el asenso de la Santa Sede, han alcanzado un acuerdo por el cual se tramita ante la Santa Sede la renuncia a las exenciones, derivadas de los Acuerdos, que afectan a las Contribuciones Especiales y al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

La Iglesia pagará el ICIO 

Esta modificación del Acuerdo en asuntos económicos, significa por tanto, que la Iglesia pagará a partir de este momento el ICIO y tendrá el mismo régimen de exenciones fiscales que otras confesiones religiosas que mantienen convenios de colaboración con el Estado, que partidos políticos, fundaciones y otras asociaciones de utilidad pública. 

Según un comunicado de la Conferencia Episcopal, el Gobierno procede así a la derogación de la Orden Ministerial de 5 de junio de 2001 del Ministerio de Economía y Hacienda donde se regula la inclusión del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO) en el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos. 

No privilegio y no discriminación

El acuerdo se desarrolla en la voluntad compartida entre el Gobierno de España y la Conferencia Episcopal Española de equiparar el régimen fiscal de la Iglesia católica con las entidades sin ánimo de lucro, conforme al principio de no privilegio y no discriminación, pero siempre en pleno derecho con la libertad religiosa. Se trata de un régimen de equiparación con el resto de entidades de similares características. 

Con este acuerdo, se eliminan los supuestos privilegios fiscales de la Iglesia en materia de impuestos ya que respecto al IBI, la Iglesia no tiene un régimen especial sobre este impuesto y se ajusta a lo establecido en la ley respecto a las entidades no lucrativas. 

 

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