Caso Fundaciones. Citados por el juzgado para conciliación previa a querella seis cargos, entre ellos Osoro

Uno de los investigados, Manuel Fernández Clemente, pide al cardenal y a Javier Belda que se retracten de las injurias y abonen 60.000 euros como indemnización

Parroquia San Jorge (Madrid).
Parroquia San Jorge.

El Juzgado de Primera Instancia nº 33 de Madrid ha admitido a trámite la demanda de conciliación previa a la querella criminal interpuesta por uno de los investigados en el caso de las Fundaciones de Madrid, Manuel Fernández Clemente, contra don Carlos Osoro Sierra, don Alberto Andrés Domínguez, don Juan Carlos Vera, don Adolfo Lafuente Guantes, don Pedro Negro López y don Javier Belda Iniesta.

La jueza María del Carmen Váez les cita a todos ellos para la celebración del acto de conciliación el día 18 de junio próximo.

Según el escrito presentado por Manuel Fernández, y aceptado por el juez para el trámite de conciliación, sobre su persona se han cometido distintos delitos: 1. Un delito continuado de calumnias (artículo 205 del Código Penal). 2. Un delito continuado de injurias (artículo 208 del Código Penal). 3. Un delito continuado de falsedad documental (artículo 392 del Código Penal). 4. Un delito de estafa procesal (art. 250.1.7º del Código Penal). 

Retractarse por escrito de todas las calumnias

Los artículos 278 y 804 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal exigen, como requisito de procedibilidad, que, antes de interponer una querella criminal por los delitos de injurias y/o calumnias, se haya celebrado o intentado previamente acto de conciliación entre requerido y demandante.

El escrito de la defensa de Manuel Fernández dice que “cumpliendo tal requisito, y con el fin de preparar la futura querella criminal a interponer contra los ahora requeridos, promovemos el presente acto de conciliación e instamos a los requeridos para que, en el acto de comparecencia que el Juzgado señale”, se avengan a una serie de requisitos.

Estos son los requisitos planteados en la demanda presentada por la defensa de Manuel Fernández:

1. Retractarse por escrito de todas las calumnias y falsedades relacionadas en la presente demandada.

2. Reconocer por escrito que la totalidad de las actas redactadas por mi representado como secretario del patronato de la FSVSC, incluidos los borradores de los patronatos de 22 y 29 de julio de 2020, son veraces, y se corresponden en su integridad con lo tratado en las reuniones del patronato, sin que en ningún momento se haya detectado falsedad ni alteración ninguna de la verdad en las mencionadas actas.

3. Reconocer por escrito que la información proporcionada por mi mandante a los patronos de la FSVSC, en relación con las operaciones inmobiliarias que son objeto de las DP 2209/2019 del Juzgado de Instrucción nº 51 de Madrid, fue veraz, suficiente y satisfactoria.

 

4. Indemnizar a mi representado, en las siguientes cantidades, que hemos calculado en relación a la participación de cada uno: a. Por D. Javier Belda Iniesta, en la cantidad de 50.000 euros. b. Por Don Carlos Osoro Sierra, en la cantidad de 10.000 euros. c. Por Don Pedro Negro López, Don Alberto Andrés Domínguez, Don Juan Carlos Vera Gallego y Don Adolfo Lafuente Guantes en la cantidad de 3.000 euros cada uno.

De no accederse por los demandados a estas pretensiones -añade-, interpondremos la correspondiente querella criminal, que se prepara mediante el presente escrito.

Querella criminal

El demandante, Manuel Fernández, que ha sido secretario de diversas fundaciones civiles, entre ellas la Fundación de Santamarca y de San Ramón y San Antonio (en adelante, FUSARA) y la Fundación Santísima Virgen y San Celedonio (en adelante, FSVSC) –de la que además es su compliance officer–  ha presentado querella criminal porque considera que se ha procedido a “una campaña contra su persona” ideada por don Javier Belda  siguiendo instrucciones de don Carlos Osoro, en la que también participan don Pedro Negro, don Alberto Andrés, don Juan Carlos Vera y don Adolfo Lafuente. 

Según la demanda, la estrategia seguida por los demandados ha consistido en cesarle  como secretario para “silenciar las advertencias sobre un conflicto de intereses que venía haciendo el demandante, y hacer recaer en él la responsabilidad de los patronos en la toma de decisiones sobre las meritadas operaciones inmobiliarias”.

Esto, según la defensa de Manuel Fernández Clemente, ha desembocado “en una campaña de acoso, calumnias y falsedades contra él que no vamos a consentir”, dice el texto.

Patronos eclesiásticos

En la demanda, Manuel Fernández recalca que nunca ha sido su intención perjudicar a los patronos eclesiásticos de ambas fundaciones –con los que ha mantenido una más que cordial relación durante el tiempo que fue secretario de ambos patronatos–, y mucho menos al Sr. Cardenal Arzobispo. “De hecho, estamos convencidos de que la actuación de los patronos al impulsar y aprobar las operaciones inmobiliarias investigadas en la presente causa fue intachable y altamente beneficiosa para las fundaciones”.

“Pero la decepcionante (por venir de quien vienen) -continúa el texto- sucesión de falsedades y calumnias que –como parte de la estrategia diseñada por don Javier Belda Iniesta– vienen profiriendo el Sr. Cardenal y los patronos eclesiásticos de ambas fundaciones, tanto personalmente, como a través de la representación procesal de las fundaciones en el procedimiento penal, no las podemos consentir”.

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