El alcalde valenciano lo ha prohibido en varios templos

El toque de campanas de las iglesias valencianas se defenderá en los tribunales

La parroquia de San Nicolás presentará una denuncia judicial por dos posibles delitos de prevaricación y contra el sentimiento religioso

Iglesia de San Nicolás, Valencia.
Iglesia de San Nicolás, Valencia.

La iglesia de San Nicolás, una de las iglesias afectadas, presentará una alegación ante el ayuntamiento de Valencia y está preparando una denuncia judicial por dos posibles delitos de prevaricación y contra el sentimiento religioso por la decisión del alcalde de Valencia, Joan Ribó, de prohibir el toque de las campanas de varias parroquias.

Como informó Religión Confidencial el pasado 6 de febrero, los vecinos de la parroquia de San Nicolás, en pleno centro histórico de Valencia, están recogiendo firmas contra la decisión del alcalde de prohibir el toque de sus campanas, que sonaban tres veces durante el día, “sin molestar a nadie”, como afirma uno de los vecinos.

Estos aseguran que “las denuncias de los vecinos a los que se refiere el alcalde, se ciñe solamente a un solo vecino, simpatizante de Compromís, el partido del alcalde, y por lo tanto miente Ribó cuando afirma que ha habido numerosas quejas vecinales, y ya todos sabemos que sólo se ha quejado un vecino”.

Pero la reacción no se va a quedar en una recogida de firmas, sino que se va a defender por la vía administrativa, mediante una alegación ante el ayuntamiento, y ante los tribunales.

La alegación y la denuncia se basan en que “la propia ordenanza municipal de contaminación acústica, a la que alude el alcalde, exime de cumplir con el límite máximo de decibelios cuando se trata de toques de carácter manual por su valor histórico y patrimonial”, aseguran fuentes próximas al proceso a RC.

Desde la parroquia de San Nicolás han acudido a servicios jurídicos. Según ha sabido este Confidencial, fuentes jurídicas  han estimado que  “se ha cometido un delito de prevaricación al dictar una orden a sabiendas de que la normativa vigente permite ese toque de campanas, y además puede constituir un delito contra los sentimientos religiosos, puesto que el toque de campanas se engloba en los actos de carácter oficial, cultural, festivo religioso y otras análogas, como se prevé en la ordenanza municipal”.

En concreto, el artículo 15 de la ordenanza municipal establece que la prohibición del empleo de dispositivos sonoros en espacios públicos no es aplicable a los” toques de campanario”.

Denuncia ya redactada

La denuncia está ya prácticamente redactada, y es el propio párroco de San Nicolás quien tiene que dar el visto bueno, y de hecho el arzobispado de Valencia ha delegado en el párroco cuantas iniciativas estime oportunas, según han expresado a RC.

La vía judicial puede ser independiente de la oferta de diálogo que ha ofrecido el alcalde, quien se ha mostrado dispuesto a hablar de esta cuestión tras haber prohibido el toque de campanas, “para que se respeten los decibelios permitidos en la ordenanza municipal, mediante los remedios técnicos que sean necesarios para rebajar el sonido”.

 

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