Las ordenaciones episcopales ilegítimas están sancionadas con la excomunión

En los últimos decenios han tenido lugar en países como China ordenaciones episcopales sin el mandato pontificio, que rompen la comunión con el Papa y violan gravemente la disciplina eclesiástica. El Consejo Pontificio para los Textos Legislativos ha publicado recientemente una declaración tras haber realizado un estudio profundo sobre el tema.

El estudio relaciona la correcta aplicación del canon 1382 del Código de Derecho Canónico, con especial referencia a las responsabilidades canónicas de los sujetos implicados en una ordenación episcopal sin el necesario mandato apostólico.

En el texto se lee que es necesario comprender la gravedad del hecho de una ordenación episcopal sin el mandato del Papa, como algo que hiere profundamente la comunión en la Iglesia Católica, y por tanto, es sancionado con la pena más grave de la excomunión, que afecta no sólo al ordenado, sino también a quien realiza la consagración y a quienes participan como con-consagrantes.

Si el ordenado y los ordenantes se hallan en circunstancias particulares que constituyen atenuantes, como el temor grave, la violencia física, etc., la excomunión podría no aplicarse. De todos modos, dichos atenuantes se deben verificar en cada uno de los sujetos que intervienen en el rito: los ministros consagrantes y los sacerdotes consagrados.

Aunque las personas implicadas no incurrieran en excomunión, el hecho de la ordenación sin mandato del Papa provoca un escándalo, confusión, división entre los fieles. Por eso, son necesarios actos de reconstrucción de la comunión eclesial y de penitencia que sean apreciados por todos. Las personas que hayan caído en excomunión y sean conscientes de ello no pueden participar en la celebración de la Eucaristía y en la administración de los sacramentos (esto es gravemente ilícito aunque sea válido), ni realizar actos de gobierno.

Si la situación lo requiere, para reparar el escándalo y restaurar la comunión, la Santa Sede puede imponer censuras o sanciones, cuya finalidad es siempre conducir al arrepentimiento y a la reconciliación. Quien demuestra que está sinceramente arrepentido, tiene derecho a ser absuelto incluso de la excomunión. Sin embargo, la absolución en el caso de la ordenación episcopal sin mandato pontificio, sólo puede ser dada por la Santa Sede.

Alfonso Bailly-Baillière

 

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