La Comisión Episcopal de Asuntos Jurídicos cuestiona la legalidad de las comisiones que investiguen la pederastia en la Iglesia

Plantea que se presente ante el Tribunal Constitucional un recurso de amparo contra actos parlamentarios pero la decisión la tendrá que tomar la Conferencia Episcopal

Ángel Gabilondo, Defensor del Pueblo.
Ángel Gabilondo, Defensor del Pueblo.

Hoy, martes, con toda probabilidad, se decidirá finalmente en el Congreso de los Diputados cuál será la forma de la investigación por parte del Estado a la Iglesia en lo referido a la pederastia. Y la Iglesia tomará también decisiones.

Ante esta decisión política, la Comisión Episcopal de Asuntos Jurídicos, de la Conferencia Episcopal Española elaboró hace semanas un detallado informe sobre la legalidad de las comisiones de investigación de la pederastia en la Iglesia en el seno del parlamento. Una importante opinión de técnica jurídica elaborada y consultada por varios expertos.

Recurso de amparo

El informe, solicitado por el organismo pertinente de la Conferencia Episcopal, redactado por expertos en derecho constitucional, civil, penal, parlamentario y canónico,  que fue entregado en la tercera semana del mes de febrero y al que ha tenido acceso Religión Confidencial, plantea dos supuestos. El primero es el estudio del hecho en sí de la existencia de las comisiones.

El documento señala que, si se constituye una comisión parlamentaria “que se circunscriba exclusivamente a los abusos por miembros de la Iglesia, se sugiere que se interponga ante el Tribunal Constitucional un recurso de amparo contra actos parlamentarios”.

Discriminatorio y contrario a la laicidad

El texto de los juristas de la Conferencia Episcopal añade que se podría interponer un recurso contencioso-administrativo contra las decisiones que adopte la comisión constituida en el seno del Defensor del Pueblo, por considerarla discriminatoria y contraria a la neutralidad (o laicidad) religiosa del Estado.

Esto supondría, según los expertos jurídicos, que se atentaría contra los artículos 14, 16, 18 y 24 de la Constitución Española.

Deber de colaborar

En el supuesto de que, por razones de carácter político o de conveniencia social, la Conferencia Episcopal decidiera no interponer el recurso de amparo contra actos parlamentarios o el recurso contencioso administrativo, se aclara que existe el deber de colaborar con la comisión parlamentaria, dado que, de no hacerlo, se podría incurrir en un delito de desobediencia de aquellas personas que sean requeridas.

El informe apunta otra serie de aspectos que habría que tener en cuenta ante los organismos constituidos para la investigación de la pederastia. Por ejemplo, lo referido a la inviolabilidad de los archivos de la Iglesia, según los Acuerdos entre la Iglesia y el Estado vigentes, o lo referido a la protección de datos.

Informe consultivo

El informe tiene un carácter consultivo. Informes de esta naturaleza se redactan con frecuencia, y siempre que hay una decisión colegiada que tenga implicaciones jurídicas civiles y canónicas.

 

Ahora le toca a la Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal decidir cómo actuar en los pasos siguientes. La Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal, que comienza hoy en Madrid, es la que tendría que decidir si esta cuestión se incluye en el orden del día de la próxima Asamblea Plenaria, que se celebrará del 25 al 30 de abril. Algo que previsiblemente hará.

Integrantes

La Comisión Episcopal de Asuntos Jurídicos está presidida por monseñor Casimiro López Llorente. La forman los obispos José María Yanguas y Vicente Juan Segura, y los cardenales Antonio María Rouco y Lluis Martínez Sistach.

Su Comisión Asesora Técnica, que es el ámbito en el que se elaboran los informes técnicos, está compuesta por los siguientes miembros, personalidades de prestigio en el mundo académico del derecho tanto civil como canónico: Jorge Otaduy Guerin, Silverio Nieto Núñez, Juan Damián Gandía Barber, Roberto Serres López de Guereñu, Joaquín Mantecón Sancho, Myriam Cortés Diéguez y María José Roca Fernández.

Presunción de inocencia

Según las fuentes consultadas por Religión Confidencial, “todo parece indicar que la Conferencia Episcopal Española, con algunas decisiones que ya se han adoptado, ha tomado otra vía complementaria a la del criterio de la Comisión Episcopal de Asuntos Jurídicos, que se basa exclusivamente en razones técnicas y no de contexto, oportunidad o de otra índole”.

Las citadas fuentes apuntan que “es un asunto complejo. Lo que nadie puede negar es la buena voluntad de la Iglesia para aclarar, atender y acompañar a las víctimas, que debe ser la prioridad tanto de la Iglesia como del Estado. Aunque no debemos olvidar el respeto a un principio sagrado en derecho, la presunción de inocencia”.

Contrato con el despacho Cremades

Algunos obispos consultados por Religión Confidencial se muestran cautos a la hora de ofrecer una respuesta sobre lo que va a decidir la Conferencia Episcopal en un futuro. No niegan “cierta sorpresa ante determinadas decisiones que se han tomado” y ante “la proliferación de declaraciones sobre la investigación encargada”.

Sin embargo, todos los obispos consultados agradecen la carta que el secretario de la Conferencia Episcopal, Luis Argüello, remitió a los obispos españoles explicando la decisión de contratar al despacho de abogados Cremades&Calvo Sotelo y solicitando la colaboración de las diócesis.

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