Análisis del Instituto Pontificio Juan Pablo II

Ningún sacerdote debe atribuirse la autoridad de dar la comunión a los divorciados vueltos a casar

El Vademécum para interpretar Amoris Laetitia afirma que el discernimiento de los casos difíciles está reservado al obispo

Juan Pérez Soba (a la izquierda) junto al cardenal Antonio Cañizares.
Juan Pérez Soba (a la izquierda) junto al cardenal Antonio Cañizares.

Varias instituciones religiosas, cardenales y expertos, están presentando libros para entender la exhortación de Francisco sobre el amor en el matrimonio y la familia “Amoris laetitita”. Uno de estas guías es “Acompañar, discernir, integrar. Vademécum para una nueva pastoral familia a partir de la exhortación Amoris laetitia”, escrita por los profesores y sacerdotes José Granados,  y Juan José Pérez-Soba, y el laico Stephan Kampowski  del Pontificio Instituto Juan Pablo II (Roma).

Como informó Religión Confidencial, es explicar las interpretaciones diversas del texto del Papa, de cara a dar respuestas a las preguntas prácticas que se hacen “los pastores que escuchan confesiones, obispos que quieren ofrecer líneas de acción pastoral a sus sacerdotes, familias activas en la pastoral familiar… A ellos quiere dirigirse este vademécum, que trata de ofrecer las líneas seguras de actuación en tan importante negocio”.

Los autores resaltan en el libro que “está en juego la capacidad de la Iglesia para anunciar el evangelio de la familia” e insisten que buscan seguir la invitación del Pontífice que en Amoris Laetitia dice: “la complejidad de los temas planteados nos mostró la necesidad de seguir profundizando con libertad algunas cuestiones doctrinales, morales, espirituales y pastorales. La reflexión de los pastores y teólogos, si es fiel a la Iglesia, honesta, realista y creativa, nos ayudará a encontrar mayor claridad”

Para estos autores y expertos la forma “honesta” de reflexionar supone, ciertamente, evitar los dos extremos que el Papa señala, y que “van desde un deseo desenfrenado de cambiar todo sin suficiente reflexión o fundamentación, a la actitud de pretender resolver todo aplicando normativas generales o derivando conclusiones excesivas de algunas reflexiones teológicas” (AL 2).

Discernimiento subjetivo

Estos profesores del Instituto Pontificio Juan Pablo II señalan algunos criterios que permiten una lectura coherente de la Amoris Laetitia. El primero es el itinerario sinodal y “el Papa no ha querido ir más allá de lo que las asambleas sinodales han dicho. (…..) No estamos ante un Papa revolucionario que rompa la Iglesia con intuiciones geniales pero aisladas; sino ante un Papa que quiere vivir la comunión eclesial hasta el fondo”, subrayan en el prólogo del libro.

La segunda coherencia es la del documento en sí mismo. “Sería absurdo interpretar un texto sobre la familia, que pone el amor al centro, en clave de un discernimiento subjetivo, propio del individualismo contemporáneo”.

Los autores descubren tres estilos de redacción. “El primero se apoya en los sínodos; el segundo glosa las catequesis sobre la familia de Francisco y las de Juan Pablo II sobre la Teología del cuerpo; en el tercero el Papa escribe sus notas, ofreciendo ideas nuevas. Son estos últimos textos los que dan la clave de interpretación de todo el escrito. Aquí se encuentran sobre todo el capítulo cuarto y quinto, que son la referencia principal con la que comprender coherentemente el capítulo octavo”.

No hay cambio doctrinal 

La última coherencia para leer el texto nos la da la tradición de la Iglesia. Francisco mismo señala que no hay un cambio doctrinal ni disciplinar. “Rige el principio de continuidad: donde haya, en Amoris laetitia, un texto ambiguo o discutido, la única interpretación válida es la que lo lea en continuidad con el magisterio anterior”.

Proponen un capítulo  (Amoris laetitia 294) como luz principal de toda la exhortación en su vertiente pastoral, especialmente para leer el capítulo octavo y es lo que hizo Jesús con la samaritana, un “caso difícil”, pero es el mismo Cristo quien propone “la conversión con claridad y sin concesiones” e invita a la mujer adúltera a no pecar más.

Recuerdan que “la luz del amor verdadero se ha de considerar la verdadera clave del discernimiento”. En esta línea, apuntan que uno de los principios con más peso en la exhortación es la “consideración del vínculo matrimonial, no como un efecto jurídico, sino como expresión del verdadero amor y objetivo prioritario de toda pastoral”.

 

Lo que nunca se puede hacer

El libro explica la distinción entre “la ley de la gradualidad” y la gradualidad de la ley”:   “El error consiste en adaptar la exigencia imperativa de la ley a las capacidades subjetivas de las personas. Esto es lo que nunca se puede hacer. Equivale a decir: esta ley es demasiado exigente para ti, he de formular otra que sea válida para tu caso (….) El Papa Francisco es muy claro al respecto, afirmando que hay una única ley moral que une a todos los hombres: la ley es también don de Dios que indica el camino, don para todos sin excepción que se puede vivir con la fuerza de la gracia (AL 295)”.

En el capítulo de los casos irregulares, concreta que es necesario preparar a nivel diocesano, a personas, sacerdotes, consagrados y matrimonios para poder tratar a personas que se hallan en esas situaciones. Y toman como referencia las llamadas que aparecen en Amoris Laetitia sobre los riesgos que se corren, ya sea de arbitrariedad (que un sacerdote busque excepciones por su cuenta: AL 300) como de rigidez (aplicar solo normativas generales: AL 2).

Programa propio de las diócesis 

En este sentido, recuerdan la indicación del Papa Francisco en su Motu proprio sobre nulidades de crear “una estructura estable” que ayude a los casos de nulidad. “Estas iniciativas avalan la intervención autorizada del obispo, pues centralizan la atención pastoral de esos casos. (…) Ningún sacerdote, por cuenta suya, se debe atribuir la autoridad de hacer su propio proceso individual. Los pastores invitarán siempre a las personas en estas situaciones a que se integren en el proceso diocesano”, apuntan en el libro.

Asimismo, explican que esta medida las agradecen los sacerdotes que se saben ellos mismo acompañados y sostenidos por su obispo. Es un ejercicio de prudencia reservar el discernimiento eclesial de los “casos difíciles” a un programa propio de la diócesis o zona pastoral. Así se toma en serio a las personas y se evita cualquier impresión de arbitrariedad o de soluciones precipitadas o emotivistas, faltas de razones legales. Es la forma de actuar según la enseñanza de la Iglesia, como pide la exhortación, haciendo caso a las instancias del sínodo (AL 300)”.

Aclaraciones a algunas notas

En otro capítulo explican el camino hacia la Eucaristía: “El que vive en contra del sacramento del matrimonio, relacionándose con alguien que no es su cónyuge como si lo fuera, no está preparado todavía para abrazar ese modo de vida, no está preparado para decir Amén. Quién no esté todavía listo para asimilar sus palabras no querrá tampoco asimilar el cuerpo. ¿Quiere esto decir que el camino de estos hermanos nuestros hacia la plena integración en la Iglesia tiene que realizarse al margen de la Eucaristía? De ninguna manera. Si ellos participan en cierto modo del Cuerpo de Cristo, participan también en cierto modo de la Eucaristía, activos en la liturgia”  

Otro capítulo titulado “aclaración de algunas notas del texto que han recibido interpretaciones abusivas” dicen que algunos han querido ver en las notas 336 y 351 un cambio en la disciplina eucarística sobre los divorciados en una nueva unión.

Recibir la Eucaristía

En cuanto a la nota 351 que dice que en ciertos casos la Iglesia podría ofrecer la ayuda de los sacramentos a quien vive en una situación objetiva de pecado, sino fuera subjetivamente culpable o n lo fuera en modo pleno, los autores aclaran que el texto se refiere en general a condiciones objetivas de pecado, “sin indicar que estas sean manfiestas ni que la persona se obstine a permanecer en ellas.

“Estos dos agravantes hacen imposible suministrar la absolución y administrar la Eucaristía a los divorciados en una nueva unión, pues se pondrá en peligro el bien común de la Iglesia y su confesión púbica”.

Siguiendo a San Buenaventura, señalan que “la imposibilidad de recibir la comunión es un bien medicinal para los divorciados vueltos a casar en su camino hacia la integración. Los divorciados en una nueva unión que aceptan no recibir la Eucaristía, prestan un servicio al bien común de todas las familias”.

A estos cristianos, el libro dice que la Iglesia no los juzga como de segunda clase, puesto que son capaces de vivir la plenitud de las palabras de Jesús. 

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