Crece el número de parejas que quieren saber la verdad sobre su matrimonio

El 60% de las nulidades matrimoniales en España se produce por incapacidad afectiva o psíquica

Carlos Morán, decano del Tribunal de la Rota español, desvela que los casos han aumentado desde que entró en vigor la nueva normativa del Papa

Monseñor Carlos Morán. Foto: : J.A. Molina. Universidad Pontificia Comillas.
Monseñor Carlos Morán. Foto: : J.A. Molina. Universidad Pontificia Comillas.

Monseñor Carlos Morán, decano del Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica de España, explica a Religión Confidencial que desde que entró en vigor el Motu Proprio de Francisco sobre la reforma de nulidades matrimoniales, ha aumentado la demanda de los casos en nuestro país, además de que muchas más personas han solicitado información. “Quieren conocer la verdad de su matrimonio”, afirma el juez eclesiástico.

España es el único país del mundo que tiene el privilegio de contar con un Tribunal de la Rota para nulidades matrimoniales, además del que existe en Roma. Es un Tribunal Superior colegiado cuya función principal es recibir las apelaciones contra las sentencias eclesiásticas pronunciadas en España. “Con el Motu Proprio se suprime la segunda estancia, y por lo tanto, habrá menos casos que pasen a Roma. Solo cuando alguna parte apele”, explica Monseñor Morán a este Confidemcial. 

Pero este privilegio no se debe a que haya más católicos en nuestro país, "si fuera por eso, Estados Unidos tendría que tener un Tribunal de la Rota, ya que es donde se presentan más casos de nulidad. Este privilegio está vinculado a razones históricas”, aclara. 

En opinión del decano de la Rota, el Motu Propio del Santo Padre, que entró en vigor el 8 de diciembre de 2015, “es una reforma procesal de calado y va a incidir de manera importante en la vida de la Iglesia”. Así, desvela que “muchas más parejas están demandando más información, también porque la prensa ha contribuido a dar publcidad. Asimismo, han aumentado los procesos de nulidad en bastantes tribunales de primera instancia”, desvela a RC. 

Procesos breves en Madrid  

Carlos Morán asegura que la mayoría de los casos seguirán siendo instruidos, como siempre, mediante los procesos ordinarios de los tribunales eclesiásticos. Sin embargo, en los procesos breves, que son los que el Motu Propio ha configurado con carácter absolutamente novedoso, serán los que juzgue el obispo de cada diócesis. "En un proceso breve, las partes acuden al tribunal y presentan la demanda. El vicario judicial analiza si se verifican los requisitos, que son muy excepcionales. Abrirá entonces un proceso y designará al instructor. La instrucción pasará al obispo, que es quien que tendrá que llegar a la certeza moral y dictará sentencia”, explica el decano de la Rota.

Para Monseñor Moránesta es una novedad muy importante porque el obispo se involucra en la administración de justicia, no porque antes no lo hiciera, pero ahora le corresponde prestar atención y controlar que se respete la verdad y la indisolubilidad”, afirma. Anuncia que en Madrid, ya se han iniciado procesos breves de nulidad.  

Rapidez

Otra de las circunstancias que se están produciendo desde la entrada de la nueva normativa es que ahora las parejas demandan mayor rapidez: “Los procesos requieren rigor. Tengo casos cuya documentación asciende a más de 500 páginas. Si para cualquier contrato se requieren pruebas, cuanto más para el matrimonio, que investiga cuestiones que tienen que ver con la intimidad”.   

Para Carlos Morán, hay otra novedad extraordinaria: la creación de la fase prejudicial o pastoral,  que responde a un querer del Papa respecto a la conversión de las estructuras. “Se trata de servir a los fieles que quieren saber la verdad de su estado conyugal, que son acompañados en un proceso de discernimiento. De esta manera, se evita una disociación entre la pastoral, la espiritualidad y el derecho. Las estructuras jurídicas deben ser ofrecidas a los fieles”. 

El decano del Tribunal de la Rota recuerda que el Papa ha querido que se siga vinculando el conocimiento de estas causas a la potestad judicial por las garantías que ofrece a la indisolubilidad del matrimonio, como es la protección de derecho de defensa, capacidad de probar, de recurrir, etc. “El Papa dijo en el viaje a Estados Unidos: He querido vincular el conocimiento de estas causas a la potestad judicial frente a la potestad administrativa que es por dónde podría entrar el divorcio en la Iglesia”.  

 

Causas frecuentes 

Monseñor Morán insiste en que “el matrimonio es válido mientras no se demuestre lo contrario. Es una condición natural y antropológica del hombre y de la mujer que les capacita para vivir en conyugalidad. “Pero en determinadas situaciones, esto no se produce, pese a la aparente verdad externa. La nulidad no es de buenos o malos.  Nuestra misión es proteger la verdad del vínculo. Algunas personas no se escandalizarían de algunas nulidades si supiesen todo lo que yo sé de una persona”, afirma el decano.

El juez eclesiástico revela que el 60% de las nulidades en España se producen por incapacidad afectiva o psíquica, pero advierte: “Se concede la nulidad por incapacidad debido a determinadas patologías o anomalías que son el sustrato que originan dichas incapacidadades, y debe darse una verdadera anomalía de la personalidad. La doctrina canónica ha ido configurando, con la ayuda de psiquiatras, un modo de ser inmaduro que se coloca en el terreno de las patologías, por ejemplo, la irresponsabilidad, el egoísmo, la intolerancia a las frustraciones, la inestabilidad emocional, la incapacidad para amar, la incapacidad para frenar los impulsos”, explica el decano. 

Para evitar algunas de estas causas, Amoris Laetitia exhorta a los fieles a que se preparen adecuadamente para el matrimonio. “La gran tragedia de la cultura moderna, de la verdad del amor, es que no se concibe el amor como donación, sino como apropiación. La mejor preparación se da en la familia”.

Falta de fe  

Respecto a la falta de fe, el decano asegura que “en sí no es causa de nulidad porque la causa no es la falta de fe, sino la falta de voluntad. Por ejemplo, quiero casarme contigo pero quiero más no querer que mi matrimonio tenga nada que ver con el sacramento. Un miembro de un grupo anarquista que había perseguido a curas, se enamoro de una chica cuyo padre, que era muy católico, le dijo: o te casas por la Iglesia con mi hija o te mato.  Cuando se casó, hizo un acto de voluntad radical contra la Iglesia”, explica. 


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